Doctora en Biolog’a Molecular por la Universidad de Buenos Aires. ARGENTINA.
RESUMEN (ABSTRACT)
Patentes biotecnol—gicas
Dra. Amalia Koss
En el ‡mbito de la biotecnolog’a los aspectos referidos a las exclusiones de la materia patentable y materias que no se consideran invenciones tienen diferentes enfoques. La materia patentable var’a considerablemente en las legislaciones nacionales y regionales, examinada como invenciones no patentables o como descubrimientos. En este contexto encontramos como materia excluida, entre otras, los mŽtodos de diagn—stico, terapŽuticos y quirœrgicos para el tratamiento de los seres humanos y animales; las variedades vegetales y las razas animales; las plantas y los animales, excepto los microorganismos; los procedimientos esencialmente biol—gicos para la producci—n de plantas y animales; invenciones contrarias a la moral o el orden pœblico; y la materia preexistente (vs materia aislada).
Las exclusiones en virtud de las legislaciones nacionales y regionales no brindan por s’ solas una perspectiva integral de la patentabilidad de las invenciones biotecnol—gicas. Por ejemplo, puede no existir disposici—n escrita alguna que excluya de la patentabilidad ciertas clases de invenciones, y sin embargo denegarse la concesi—n de una solicitud de patente porque no cumple con los requisitos de patentabilidad, a saber, novedad, actividad inventiva, aplicaci—n industrial, claridad y/o suficiencia de descripci—n. El cumplimiento de estos requisitos presenta ciertas particularidades en las invenciones biotecnol—gicas y son objeto de intensos debates.